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    Derecho Laboral

    ¿Cuánto se Cobra Estando de Baja en 2026? Porcentajes, Tramos y Ejemplos

    Cuánto se cobra estando de baja en 2026: 60% del día 4 al 20 y 75% desde el 21 en enfermedad común; 75% desde el día 1 en accidente laboral. Tramos, base reguladora y ejemplos.

    Equipo Calculord · Especialistas en Derecho Laboral
    25 de junio de 202611 min de lecturaVerificado 2026
    Tiempo de lectura estimado
    11 minutos · 3 palabras · Contenido actualizado 2026
    ⚡ Respuesta Rápida

    En enfermedad común cobras el 60% de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75% desde el día 21; en accidente laboral, el 75% desde el día siguiente a la baja

    La prestación por incapacidad temporal (IT) está regulada en los artículos 169 a 176 de la LGSS. Los días 1 a 3 de enfermedad común no se cobra nada (salvo mejora por convenio). En contingencias profesionales (accidente de trabajo o enfermedad profesional) no hay días sin cobrar. Consulta la información oficial en Seguridad Social – Incapacidad Temporal.

    60% día 4-20
    Enfermedad común
    75% día 21+
    Contingencia común
    75% desde día 1
    Accidente laboral

    Calcula cuánto vas a cobrar de baja

    Introduce tu base reguladora y el tipo de contingencia y obtén la cuantía diaria que te corresponde según los tramos legales 2026.

    Porcentajes y Tramos de la Prestación por IT en 2026

    La cuantía de la prestación depende de dos variables: el tipo de contingencia (común o profesional) y los días transcurridos desde el inicio de la baja. Los porcentajes que se aplican en 2026 están vigentes desde hace años (LGSS arts. 169-176) y siguen siendo los mismos.

    Tabla resumen de porcentajes

    Tramo de días Enfermedad común / accidente no laboral Accidente laboral / enfermedad profesional
    Día 1 a 3 0% (salvo mejora por convenio) 75% desde el día siguiente a la baja
    Día 4 a 20 60% de la base reguladora 75% de la base reguladora
    Desde el día 21 75% de la base reguladora 75% de la base reguladora

    Estos porcentajes son fijos por ley en 2026. Lo que varía de un trabajador a otro es la base reguladora sobre la que se aplican, y por tanto la cuantía final en euros.

    Qué es la Base Reguladora y Cómo se Calcula

    La base reguladora diaria es la referencia económica sobre la que se aplica el 60% o el 75%. En contingencias comunes se obtiene dividiendo la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja entre 30. Para trabajadores a tiempo parcial se utiliza la media de los 3 meses anteriores.

    Fórmula básica de la base reguladora diaria:

    BR diaria = Base de cotización CC del mes anterior ÷ 30

    La base de cotización por contingencias comunes la encuentras en tu nómina del mes anterior a la baja, en el apartado de "Bases de cotización". Si quieres entender cada concepto, consulta nuestra guía de cómo leer tu nómina paso a paso.

    Para contingencias profesionales, la base reguladora incluye también las horas extras realizadas en los 12 meses anteriores, lo que suele resultar en una base ligeramente superior.

    Ejemplo Orientativo de Cálculo (Base 1.500 €/mes)

    Este ejemplo es orientativo y usa una base de cotización supuesta de 1.500 €/mes. Tu cuantía dependerá de tu propia base de cotización: revisa tu nómina del mes anterior a la baja para calcularla con tus números reales.

    Imagina un trabajador con una base de cotización por contingencias comunes de 1.500 €/mes. Su base reguladora diaria es 1.500 ÷ 30 = 50 €/día. Veamos cuánto cobraría en cada tramo según la contingencia.

    Tramo Enf. común (sobre 50 €/día) Accidente laboral (sobre 50 €/día)
    Día 1-3 0 €/día ≈37,50 €/día
    Día 4-20 (60%) ≈30 €/día ≈37,50 €/día
    Desde día 21 (75%) ≈37,50 €/día ≈37,50 €/día

    Recuerda: las cifras de euros del ejemplo (≈30 €, ≈37,50 €) solo son válidas para una base de 1.500 €/mes. Si tu base es 1.800 €/mes, la base diaria sube a 60 € y el 60% pasa a 36 €/día. Para tu caso concreto utiliza nuestra calculadora de bajas laborales.

    Saca tu cuantía exacta en 30 segundos

    Mete tu base de cotización del mes anterior y el tipo de contingencia y obtén la prestación diaria y mensual estimada.

    Quién Paga la Baja: Empresa, Seguridad Social y Pago Delegado

    En contingencias comunes, el pago se reparte así:

    • Días 1 a 3: nadie paga prestación pública. Algunos convenios obligan a la empresa a abonar un complemento por estos días.
    • Días 4 a 15: paga la empresa directamente (a su cargo).
    • Desde el día 16: la prestación corresponde a la Seguridad Social o a la mutua colaboradora.

    En la práctica funciona el llamado pago delegado: aunque desde el día 16 le corresponda a la SS/mutua, es la empresa quien adelanta el importe en tu nómina cada mes y después se lo compensa con sus cuotas a la Seguridad Social. Por eso sigues cobrando "por la empresa" durante toda la baja.

    Durante la baja la empresa sigue cotizando por ti a la Seguridad Social. Esto significa que esos meses cuentan para tu jubilación y otras prestaciones futuras.

    El Complemento del Convenio: Hasta el 100% del Salario

    Muchísimos convenios colectivos mejoran la prestación legal mediante un complemento empresarial. Es lo que explica que mucha gente diga "yo de baja cobro lo mismo": en realidad cobran la prestación de la SS más un complemento que paga la empresa para llegar al 100% del salario.

    Estos complementos son muy variables. Algunos convenios cubren solo los días sin prestación (1-3), otros llegan al 100% durante toda la baja, otros distinguen entre común y profesional. Consulta siempre el texto de tu convenio colectivo en el apartado de "Incapacidad temporal" o "Mejoras voluntarias".

    Si tu nómina durante la baja es prácticamente igual a tu salario habitual, es porque el convenio obliga a la empresa a complementar la prestación. No es un regalo: es un derecho del trabajador.

    Requisitos para Cobrar la Prestación

    Los requisitos varían según el origen de la baja:

    Enfermedad común

    Estar de alta o asimilada y haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años.

    Accidente o enfermedad profesional

    Estar de alta o asimilada. No se exige periodo previo de cotización: desde el primer día de trabajo tienes derecho.

    También se incluye accidente no laboral (por ejemplo, una caída en casa), que sigue las reglas de contingencias comunes en porcentajes pero no exige periodo previo de cotización.

    Contingencia Común vs Profesional: Diferencias Clave

    La diferencia más importante en términos económicos es que en contingencia profesional cobras el 75% desde el día siguiente a la baja, sin tramo del 60% ni días sin prestación. Por eso es tan importante calificar correctamente la baja desde el principio: si el origen es laboral, exige que se tramite como tal.

    Hay también diferencias en la base reguladora (en profesional se incluyen las horas extra) y en quién gestiona la baja (la mutua suele llevar las profesionales). Para profundizar consulta el satélite específico: baja por enfermedad común vs accidente laboral.

    Cuánto Dura la Baja: Plazo Inicial y Prórrogas

    La duración máxima inicial de la IT es de 365 días, prorrogables otros 180 días por el INSS si se prevé curación. Después puede pasarse a una valoración de incapacidad permanente.

    Si caes de baja durante las vacaciones, no las pierdes: tienes derecho a recuperarlas. Lo explicamos en vacaciones y baja médica. Y si te encuentras en una situación delicada porque te están planteando un despido durante la baja, lee despido estando de baja: qué pasa (cuidado: ese artículo trata del despido, no de la prestación).

    Para entrar en el detalle de duraciones y prórrogas, consulta el satélite: cuánto dura una baja médica y cómo funcionan las prórrogas.

    ¿Y los Autónomos? Particularidades del RETA

    Los autónomos también tienen derecho a la prestación por IT desde 2019 con carácter obligatorio. Los porcentajes son los mismos (60% / 75%), pero los tramos y los días sin cobrar cambian, igual que la base reguladora (que se calcula sobre la base por la que cotizas al RETA, no sobre lo que facturas).

    Tienes el desglose completo en el satélite específico: cuánto cobra un autónomo estando de baja en 2026.

    Errores Comunes sobre lo que se Cobra de Baja

    ❌ "De baja se cobra el 100% del sueldo"

    Falso por defecto. La prestación legal es 60% o 75% de la base reguladora. El 100% solo se llega si tu convenio incluye un complemento empresarial.

    ❌ "Los primeros 3 días no se cobran nada nunca"

    Solo en enfermedad común sin mejora de convenio. En accidente laboral cobras el 75% desde el día siguiente a la baja, sin tramo de cero.

    ❌ "Da igual común o profesional"

    No. En profesional cobras más (75% desde el día 1) y la base reguladora suele ser mayor porque incluye horas extra. Asegura que la baja se califica correctamente.

    ❌ "Mi sueldo se calcula sobre el bruto mensual"

    No. La prestación se aplica sobre la base de cotización por contingencias comunes, no sobre tu salario bruto. Revisa el apartado "Bases" de tu nómina.

    Calculadoras Relacionadas

    Preguntas Frecuentes

    ¿Cuánto se cobra de baja por enfermedad común en 2026?

    Los días 1 a 3 no se cobra nada (salvo mejora por convenio). Del día 4 al 20, el 60% de la base reguladora diaria. Desde el día 21, el 75% de la base reguladora. La cuantía exacta en euros depende de tu base de cotización del mes anterior a la baja.

    ¿Cuánto se cobra de baja por accidente laboral?

    El 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja, sin tramo del 60% ni días sin prestación. La base reguladora en contingencias profesionales incluye además las horas extra del último año.

    ¿Quién paga la baja, la empresa o la Seguridad Social?

    En contingencias comunes: los días 4 a 15 los abona la empresa a su cargo; desde el día 16, la Seguridad Social o la mutua. En la práctica la empresa adelanta el pago en la nómina y luego se lo compensa con sus cuotas (pago delegado).

    ¿Desde qué día se cobra estando de baja?

    En enfermedad común, desde el día 4. En accidente laboral o enfermedad profesional, desde el día siguiente al de la baja. Los 3 primeros días en común solo se cobran si el convenio establece un complemento.

    Estando de baja, ¿cobro el 100% de mi sueldo?

    Por defecto no. La ley fija 60% / 75% sobre la base reguladora. Muchos convenios colectivos incluyen un complemento que eleva la prestación hasta el 100% del salario. Consulta el apartado de incapacidad temporal de tu convenio.

    ¿Cuánto dura la baja médica?

    Hasta 365 días iniciales, prorrogables otros 180 por el INSS si se prevé curación. Tras los 545 días totales se valora la situación, normalmente hacia una incapacidad permanente.

    Preguntas Frecuentes

    ¿Cuánto se cobra de baja por enfermedad común en 2026?

    Los días 1 a 3 no se cobra nada (salvo mejora por convenio). Del día 4 al 20, el 60% de la base reguladora diaria. Desde el día 21, el 75% de la base reguladora. La cuantía exacta en euros depende de tu base de cotización del mes anterior a la baja.

    ¿Cuánto se cobra de baja por accidente laboral?

    El 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja, sin tramo del 60% ni días sin prestación. La base reguladora en contingencias profesionales incluye además las horas extra del último año.

    ¿Quién paga la baja, la empresa o la Seguridad Social?

    En contingencias comunes: los días 4 a 15 los abona la empresa a su cargo; desde el día 16, la Seguridad Social o la mutua. En la práctica la empresa adelanta el pago en la nómina y luego se lo compensa con sus cuotas (pago delegado).

    ¿Desde qué día se cobra estando de baja?

    En enfermedad común, desde el día 4. En accidente laboral o enfermedad profesional, desde el día siguiente al de la baja. Los 3 primeros días en común solo se cobran si el convenio establece un complemento.

    Estando de baja, ¿cobro el 100% de mi sueldo?

    Por defecto no. La ley fija 60% / 75% sobre la base reguladora. Muchos convenios colectivos incluyen un complemento que eleva la prestación hasta el 100% del salario. Consulta el apartado de incapacidad temporal de tu convenio.

    ¿Cuánto dura la baja médica?

    Hasta 365 días iniciales, prorrogables otros 180 por el INSS si se prevé curación. Tras los 545 días totales se valora la situación, normalmente hacia una incapacidad permanente.

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