Calcula el precio con IVA o sin IVA al instante. Añade o quita el IVA de cualquier cantidad con los tipos oficiales 2026: 21%, 10% y 4%.
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El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en España. Es el consumidor final quien paga el IVA, mientras que las empresas actúan como intermediarias recaudadoras para Hacienda.
Se aplica a la mayoría de bienes y servicios:
Aplicado a productos y servicios específicos:
Reservado para productos de primera necesidad:
Precio con IVA = Precio sin IVA × (1 + % IVA / 100)
Ejemplo: 100€ × 1.21 = 121€
Precio sin IVA = Precio con IVA / (1 + % IVA / 100)
Ejemplo: 121€ / 1.21 = 100€
Importe IVA = Precio sin IVA × (% IVA / 100)
Ejemplo: 100€ × 0.21 = 21€
Modelo 303 (Trimestral)
Modelo 390 (Anual)
Del 1 al 30 de enero del año siguiente
El IVA general del 21% se aplica a la mayoría de bienes y servicios que no están incluidos en las categorías de IVA reducido o superreducido. Esto incluye electrónica, ropa, servicios profesionales, hostelería y la mayoría de productos de consumo general.
Sí, si eres autónomo o empresa puedes deducir el IVA soportado en tus compras y gastos relacionados con tu actividad económica. La diferencia entre el IVA repercutido (cobrado) y el soportado (pagado) es lo que se ingresa a Hacienda trimestralmente.
El IVA se añade al precio base del producto o servicio. Por ejemplo, un producto de 100€ más IVA del 21% costará 121€ al consumidor final. El vendedor recauda esos 21€ de IVA para ingresarlos a Hacienda.
El IVA superreducido del 4% se aplica a productos de primera necesidad como pan, leche, huevos, frutas, verduras, cereales, quesos y medicamentos de uso humano. También se aplica a libros, periódicos y revistas no publicitarias.
Las declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) se presentan en abril, julio, octubre y enero. Además, antes del 30 de enero debes presentar el resumen anual (modelo 390). Los autónomos en ciertos regímenes pueden tener obligaciones diferentes.
No existe un tipo de IVA del 0% en España peninsular. Sin embargo, hay operaciones exentas de IVA como servicios médicos, educativos y financieros. En Canarias se aplica el IGIC en lugar del IVA, que sí tiene un tipo del 0%.