Calculadora de Bajas Laborales
Calcula tu prestación por incapacidad temporal (IT) en 2025. Conoce cuánto cobrarás, quién paga cada día y los porcentajes según el tipo de baja.
Cálculo Preciso IT
Base reguladora según INSS y mutuas colaboradoras.
Desglose por Días
Quién paga cada día: empresa, INSS o mutua.
Tipos de Contingencia
Común (enfermedad) vs profesional (accidente laboral).
Base de cotización del mes anterior a la baja
Duración estimada o real de la baja médica
Guía Completa sobre Bajas Laborales
Todo lo que necesitas saber sobre la prestación por IT en España
¿Qué es la Incapacidad Temporal (IT)?
La Incapacidad Temporal (IT), comúnmente conocida como "baja laboral" o "baja médica", es una prestación económica de la Seguridad Social que protege al trabajador cuando está temporalmente impedido para trabajar debido a enfermedad común, accidente no laboral, accidente de trabajo o enfermedad profesional, y necesita asistencia sanitaria.
Durante el periodo de IT, el trabajador recibe una prestación económica que sustituye parcialmente su salario mientras se recupera. El objetivo es garantizar unos ingresos mínimos durante la recuperación y permitir que el trabajador vuelva a su puesto de trabajo en las mejores condiciones posibles.
Tipos de Contingencias
Contingencias Comunes
- Enfermedad común: gripe, apendicitis, depresión, etc.
- Accidente no laboral: caída en casa, accidente de tráfico fuera del trabajo.
Días 1-3: Sin retribución
Días 4-15: 60% empresa
Día 16+: 75% INSS/mutua
Contingencias Profesionales
- Accidente de trabajo: in itinere, en el centro de trabajo.
- Enfermedad profesional: causada por el trabajo habitual.
Desde día 1: 75% INSS/mutua
Protección completa desde el primer día
¿Cómo se Calcula la Base Reguladora?
La base reguladora es la cantidad sobre la que se aplican los porcentajes para calcular tu prestación. Se calcula de forma diferente según el tipo de contingencia:
Contingencias Comunes
Base reguladora = Base de cotización del mes anterior / 30 días
Se toma la base por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al inicio de la IT.
Contingencias Profesionales
Base reguladora = (Base mes anterior + horas extra año anterior / 365) / 30
Incluye la base de contingencias profesionales más la media de horas extras del año anterior.
¿Quién Paga mi Baja Laboral?
El pago de la prestación por IT se reparte entre la empresa y la Seguridad Social (INSS o mutua colaboradora) según el tipo de baja y los días transcurridos:
| Días | Enfermedad Común | Accidente Laboral |
|---|---|---|
| 1 a 3 | 0% (sin retribución)* | 75% INSS/Mutua Desde el día siguiente al accidente |
| 4 a 15 | 60% Empresa | |
| 16 en adelante | 75% INSS/Mutua |
* Salvo que el convenio colectivo establezca complementos por parte de la empresa para los primeros días.
Duración de la Baja Laboral
Duración inicial: 365 días
La IT puede durar hasta 365 días, prorrogables por otros 180 días más si se prevé que el trabajador podrá curarse durante ese tiempo.
¿Qué pasa después de 545 días?
Si después de 365 + 180 días (total 545 días) no hay curación, se inicia el proceso de evaluación de incapacidad permanente. El INSS convocará al trabajador para evaluar si la incapacidad es definitiva.
Alta médica
La baja puede finalizar antes si el médico del INSS o la mutua te da el alta médica por considerar que estás recuperado. También puedes recibir el alta por incomparecencia a las revisiones médicas.
Tus Derechos Durante la Baja
Protección contra despido
No puedes ser despedido solo por estar de baja. Si ocurre, puede ser declarado nulo o improcedente.
Asistencia sanitaria completa
Tienes derecho a tratamiento médico, medicamentos y rehabilitación necesaria para tu recuperación.
Conservación del empleo
Tu puesto de trabajo se reserva durante la IT. La empresa debe reincorporarte al finalizar la baja.
No descuenta vacaciones
El tiempo de baja no afecta a tus vacaciones anuales. Sigues generando días de vacaciones.
Cotización a la SS
Durante la IT se sigue cotizando, por lo que cuentan para antigüedad, paro y jubilación.
Revisiones médicas
Debes acudir a las revisiones médicas del INSS o mutua. La incomparecencia puede causar el alta forzosa.
Preguntas Frecuentes
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