Calculadora de Horas Extra 2025
Calcula el pago de horas extraordinarias: ordinarias, estructurales, festivos y nocturnas con todos los recargos aplicables
Normalmente 40 horas/semana
Horas Extra Mensuales
Si tu convenio establece un recargo superior
Guía Completa de Horas Extra en España 2025
1. Horas Extra Ordinarias
Las primeras horas extraordinarias realizadas que superan la jornada ordinaria. Se pagan con un recargo mínimo del 25% sobre el salario base por hora.
2. Horas Extra Estructurales
Aquellas que superan las primeras 43 horas extra mensuales (aproximadamente). Habitualmente desde la hora 44 en adelante. Se pagan con un recargo mínimo del 50%.
3. Horas Extra en Festivos
Las realizadas en días festivos oficiales. Tienen un recargo mínimo del 75% sobre el salario base por hora según el Estatuto de los Trabajadores.
4. Horas Extra Nocturnas
Las realizadas entre las 22:00 y las 6:00 horas. Tienen un plus adicional que varía según el convenio colectivo, habitualmente con recargo mínimo del 25%. Los trabajadores nocturnos tienen prohibido realizar horas extra si exceden 8h diarias de media en 15 días.
Horas Extra vs Horas Complementarias
- Contratos a tiempo completo
- Superan la jornada ordinaria máxima
- Se pagan con recargo (+25%, +50%, +75%)
- Límite de 80 horas/año
- Voluntarias (salvo pacto)
- Solo contratos a tiempo parcial
- Adicionales a la jornada pactada
- Se pagan como horas ordinarias (sin recargo)
- Límite: 30% pactadas + 15% aceptadas
- Requieren pacto escrito previo
Preguntas Frecuentes
Las horas extra ordinarias se pagan con un mínimo del 25% de incremento, las estructurales con un 50%, y las realizadas en festivos con al menos un 75% de incremento sobre el salario base por hora. Tu convenio colectivo puede establecer porcentajes superiores.
El Estatuto de los Trabajadores establece un máximo de 80 horas extraordinarias al año por trabajador. No se computan las horas extra compensadas con descanso equivalente ni las realizadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.
Las horas extra superan la jornada ordinaria en contratos a tiempo completo y se pagan con recargo. Las horas complementarias son adicionales en contratos a tiempo parcial, se pagan como horas ordinarias sin recargo, y requieren pacto escrito previo con límites del 30% (pactadas) o 15% (aceptadas).
Sí, las horas extra pueden compensarse con tiempo de descanso equivalente en lugar de retribución económica si así se pacta en convenio colectivo o contrato. En ausencia de pacto, se compensarán con descanso en los 4 meses siguientes a su realización.
Sí, las horas extra cotizan a la Seguridad Social. Se incluyen en la base de cotización por contingencias comunes y profesionales, aplicándose los mismos porcentajes de cotización que al salario ordinario.
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